En rigor, Estados Unidos borraba con el codo lo que había
escrito con la mano durante los juicios de Nuremberg y Tokio, y su verdadera
intencionalidad era (y es) obtener la impunidad de sus súbditos por las
terribles consecuencias de sus múltiples y constantes intervenciones en
diversos países del mundo
.
De todas maneras, si aceptamos que
la Corte Penal supone la más compleja y evolucionada
construcción que en materia de cultura jurídico penal han logrado acordar la
mayoría de las naciones, deberemos ahora atender a algunos aspectos relevantes
que caracterizan a este Tribunal Internacional. El primero de ellos, que vuelve
a explicar sobre la razón de ser de
la
Corte, no despierta demasiadas polémicas: “El contar con una
Corte Internacional Penal, constituye una oportunidad para las naciones de la
tierra, ya que ello permite que este disponible un órgano judicial con
competencia y jurisdicción internacional capaz de conocer, juzgar y aplicar
justicia en los casos de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad
y crímenes de agresión. Muchas naciones están sumidas en situaciones violentas,
guerras y conflictos armados. Los que sufren en estas circunstancias son los
más pobres y los más vulnerables. Se cometen atrocidades, crímenes horrorosos,
asesinatos selectivos y en masa y nuestra sociedad mundial, gracias a las
comunicaciones globales y en masa, somos espectadores de estos despreciables
crímenes. Se violan derechos humanos elementales, se violan los derechos
humanitarios, no se tiene misericordia”
.