EL APORTE DE LOCOS, TUMBEROS Y FALOPEROS AL HÁBEAS CORPUS PRESENTADO PARA HACER CESAR LAS VIOLACIONES A LOS DDHH DE LOS PRESOS PAMPEANOS ALOJADOS FUERA DE LA PROVINCIA


Pronunciamiento LTF N° 2: Adhesión a Habeas Corpus Correctivo Colectivo en beneficio de los

presos de la provincia de La Pampa, encerrados en jaulas fuera de los límites de su provincia y a
cientos de kilómetros de sus residencias y entornos familiares.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 30 de octubre de 2013

El espacio abolicionista del encierro y toda otra variante punitiva Locos, Tumberos y Faloperos
(Espacio LTF) a través del presente comunicado manifiesta su pública adhesión a la iniciativa de la
Defensoría General de la Provincia de La Pampa de cuestionar abiertamente a través de un habeas
corpus correctivo colectivo (“Chena, Roberto Emanuel y otros”, causa N° 9221/2) la situación de
los detenidos juzgados por tribunales ordinarios pampeanos alojados en dependencias del Servicio
Penitenciario Federal localizadas en otras provincias, a cientos de kilómetros de sus lugares de
residencia al momento de consumarse el hecho que oportunamente motivó la detención y de sus
entornos familiares más próximos.
La acción judicial, impulsada personalmente por el Defensor General de la Provincia de La Pampa
Eduardo Luis Aguirre y el Defensor Oficial de Ejecución Penal de esa provincia Alejandro Javier
Osio, no hace más que dar visibilidad a una situación angustiante e inaceptable que
lamentablemente no sólo viven los presos pampeanos sino buena parte de los detenidos del país.
No conformes con la exclusión que en sí mismo representa el encierro carcelario, el sistema
dominante facilita la consumación de agravantes sumamente perversos, inaceptables incluso de
acuerdo a los parámetros elementales del hoy vigente Estado de Derecho.
Los “delincuentes” tratados una y otra vez como “personas de segunda” no sólo parecerían
merecer las atrocidades de “la jaula” y sus más que obvias consecuencias nocivas, sino también
que sus familiares no tengan ni la más remota posibilidad de acercarse hasta sus celdas para
intercambiar, cuanto menos, algunas palabras.
Hipocresía en su máxima expresión. El mismo sistema que permite estas variables, reza en su
normativa vigente que la finalidad de la pena privativa de la libertad ambulatoria es la “reinserción
social”.
Lamentamos decirlo con este énfasis, pero dichas contradicciones, a veces no son tales, sino por el
contrario, constituyen la lógica medular del sistema penal pasado, presente y futuro, desde su
génesis moderna allá por el año 1215 hasta nuestros días. Mal que nos pese, en materia represiva,
la exclusión es ni más ni menos que una “política pública”.
No obstante lo dicho, lo urgente no desmerece lo importante ni viceversa. Más allá de sostener
públicamente una postura “abolicionista penal” que como tal plantea como primordial necesidad
la construcción de prácticas de resolución y/o regulación de conflictos sociales superadoras del
encierro y con una matriz claramente no punitiva, creemos obligatorio y sumamente necesario
acompañar activamente este tipo de reivindicaciones particulares. Nuestra militancia política así lo
ratifica.
Mientras el encierro exista, que exista de la manera menos cruel. Sin descuidar el objetivo de
fondo, pero conscientes de que del otro lado de la reja, hay seres humanos sufriendo. Aquella
revolución o transformación radical que pierda de vista el eje de “lo humano” estará condenada a
sembrar barricadas en aulas oscuras, libros rimbombantes o títulos académicos en la pared, pero
jamás a incidir con contundencia en ese complejo macroclima que habitualmente llamamos
“realidad”.
Luchar por la dignidad de los compañeros privados de su libertad y sus familiares, mientras
construimos un cambio de paradigma cultural que tenga como propósito que la miseria del
encierro y la cultura del castigo desaparezcan de la faz de la tierra, es también, al menos para
nosotros, una práctica abolicionista penal.
CONTACTO: Locostumberosyfaloperos.blogspot.com.ar