En efecto, muchos movimientos de liberación y organizaciones sociales clamaban que se impartiera justicia con la misma lógica y un formato similar a los tribunales de Nuremberg, por oposición al “modelo latinoamericano”, como se denominaba por entonces a las experiencias recientes de Argentina y Chile: “para muchos, la amnistía se equiparaba a amnesia y de ese modo, grupos de derechos humanos, académicos, activistas, víctimas y grupos de apoyo estaban ansiosos por asegurarse de que la amnistía constitucional a ser provista no permitiera que se “olvide” el pasado”
Al mismo tiempo que comenzaba a gestarse la idea de la creación de la Comisión de Verdad y Reconciliación (en adelante, CVR), se incluía lisa y llanamente entre los cometidos principales de la misma, la amnistía de los responsables de las graves violaciones a los derechos fundamentales de los ciudadanos, en tanto y en cuanto aquellos reconocieran públicamente sus crímenes y pidieran perdón por la comisión de los mismos.
De hecho, en el marco de las negociaciones políticas que definirían el nuevo proyecto de la nación post- apartheid y la creación de la Comisión, se dejaba expresa constancia de que la misma se constituiría “con el fin de avanzar en la reconciliación y la reconstrucción del país, deberá atorgarse amnistía en relación con todo acto, omisión u ofensa asociada con motivos políticos y en el curso de los conflictos del pasado”; pese a que todavía no se determinaba cómo, ni a quiénes, ni mediante qué mecanismos se otorgarían las amnistías, como no fuera a partir de la reivindicación del concepto cultural humanista ancestral del ubuntu, que se transformaría en un elemento casi místico, fundamental para entender el proceso de reconciliación ulterior.
Según el Arzobispo Desmond Tutu, el ubuntu “se refiere a la esencia misma de ser humano (….) decimos que «una persona es una persona por medio de otra gente». No es «pienso, luego existo». Antes bien, lo que se dice es: «Soy humano porque pertenezco». Participo, comparto. Una persona con ubuntu es abierta y accesible a los demás, les comunica seguridad, no se siente amenazada porque otros sean competentes y aptos, pues ella posee un adecuado nivel de seguridad en sí misma que deriva del hecho de saber que pertenece a un todo mayor. (1999, p. 34). Usado de esta manera, el término ubuntu expresa solidaridad individual al interior de una comunidad, y por tanto le proporciona a la CVR una base moral para la reconciliación y el respeto por la dignidad humana».
El ubuntu, un precepto fundamental que encarna el principio humanista de alteridad, operó, junto con la religión, como un reaseguro para la implementación de una amnistía sin precedentes, particularmente compleja y sensible, toda vez que alcanzaba especialmente a grandes violaciones de los derechos humanos perpetradas por motivos políticos, que se otorgaba en tanto y cuanto quienes hubieran cometido esos crímenes contaran la verdad de lo sucedido, y dieran una explicación completa y pública de esas atrocidades.
Algunos observadores afirman que la potencia social del ubuntu se explica a partir de que la idea renacentista del individualismo occidental nunca hizo pie definitivamente en África. Por el contrario, la tradicional puja burguesa entre los hombres por superarse entre sí mismos, difiere sustancialmente de las formas de articulación y de convivencia social africanas. El ubuntu, a diferencia de lo que ocurre en las culturas occidentales, “transmite la idea de que nos conferimos poderes los unos a los otros, de que damos lo mejor de nosotros mismos a través de la desinteresada interacción con los demás”.
La idea de la Comisión, pese a que esta función no le estaba asignada por la ley que la creaba, era precisamente reconstituir una memoria colectiva, acceder al conocimiento de una verdad socialmente compartida, y luego entonces promover instancias superadoras al castigo en materia de resolución de estos terribles conflictos, reparar a las víctimas, y revindicar las ideas de perdón, reintegración social y vergüenza reintegrativa: “Mi punto de vista es un término muy usado en los escritos de John Braithwaite: vergüenza reintegrativa. Es un concepto que viene desde el centro de la actividad de control de la desviación: tus actos fueron de plorables, malos, equivocados. Tenemos que decírtelo. Debes avergonzarte. Pero más allá de todo eso todo está bien contigo. Deja de actuar mal. Ven a casa, carnearemos un cordero y tendremos un banquete para celebrar tu retorno. Para reintegrar a la persona, tanto lo negativo como lo positivo debe ser expuesto. Con respecto a esto el castigo es un arma muy ineficiente. Desde una perspectiva reintegrativa un prisionero liberado después de cumplir su condena debería siempre ser recibido con una orquesta tras cruzar los muros. Después debería seguir una gran fiesta reintegrativa. Eso hubiera sido reintegración. Luego viene la vergüenza a escala estatal”.
Esta formidable síntesis de Christie, conmueve las endebles paredes del pampenalismo, retoma las mejores tradiciones de los pueblos originarios, actualiza las formas de resolución de disputas precapitalistas, explica el sentido simbólico de la justicia no vindicativa, supera holgadamente la brutal ecuación infracción-castigo, interpela suficientemente al ofensor e interpreta como nadie, por ende, la lógica restaurativa de la Comisión de Verdad y Reconciliación sudafricana.
El proceso sudafricano se fortaleció con la necesidad social de resignificar la verdad histórica y construir una memoria colectiva, lo que exigió desde su inicio una ardua y sostenida tarea de registro formal de las graves violaciones a los Derechos Humanos. Esa tarea se complementaría con las actividades públicas de la Comisión, tales como la celebración de las audiencias, y especialmente con la confección de un archivo del pasado, en el que se registraron los crímenes constatados en la historia reciente del país, decisivo en términos de memorialización y ulterior reconciliación.
De esta manera, la reconciliación aparece concebida como un proceso, antes que como un objetivo, y siempre dependía de que se enfrentara la verdad, se mediara de cara a las diferencias, al dolor, al odio, para luego superarlos, únicamente a través del entendimiento, el reconocimiento público de la comisión de las atrocidades, el perdón y la reparación.
Paradójicamente se critica a la Comisión, además de la promoción de la amnistía para los perpetradores, la asimetría que se evidencia entre la exitosa producción de memoria colectiva y verdad histórica, con los (en apariencia) pobres resultados alcanzados en materia de reconciliación y reparación.
Esta debilidad quizás encuentra explicación en una exagerada revisión de los casos individuales, por sobre la comprensión superadora de que esos daños, perpetrados sobre miles de personas, no eran sino la consecuencia de años de colonialismo, segregación racial, penetración cultural y desigualdad social: “Si bien es irrefutable que la Comisión produce un registro de las formas particulares de la violencia, lo hace de modo tal que deja sin relevar una comprensión histórica de los procesos y las relaciones estructurales. Encomendada a centrarse en “violaciones aberrantes a los derechos humanos”, que incluían tortura, desaparición, asesinatos y maltrato severo (definido en sí mismo de modos variados (Ross, 2001; Burton, 2000) y para investigar acerca de las causas de éstas, el trabajo y los hallazgos del Comité de Violaciones a los Derechos Humanos se centraba en violaciones individuales a expensas de una más amplia comprensión de los efectos sociales y devastadores del colonialismo y el apartheid”.
La crítica adquiere una indudable centralidad, ya que al abordar la cuestión sudafricana poniendo el acento en la perspectiva de los miles de casos individuales, se debilitaba la posibilidad de ofrecer elementos que le permitieran a las nuevas generaciones comprender las relaciones sociales implicadas y las prácticas genocidas, así como el rol de las instituciones políticas, dificultando el punto de partida para una reconfiguración social que excediera la mera reparación individual y simbólica y la conmemoración del dato histórico.
A pesar de ello, la profunda carga humanitaria, la densidad filosófica, sociológica y jurídica del proceso sudafricano, inédito en términos de interpelación a su propia sociedad, configuran elementos tan originalmente provocativos que nos convocan a reivindicar estas experiencias, que, en buena medida, se convierten en referencias inaugurales que nos conducen a un mejor análisis de las posibles respuestas no punitivas esperables en materia de delitos de lesa humanidad y genocidio.
Como muchos autores destacan, la misión de la reconciliación no debió cargarse exclusivamente a la Comisión, sino que debió ser entendida en su connotación procesual y extendida a toda la sociedad. Esto habría permitido explicar que, así como existieron muchos casos en los que se impuso el perdón, en otros este mecanismo apareció como más dificultoso y a veces inviable. Justamente porque la diversidad y el pluralismo que caracterizan a las sociedades de la modernidad tardía, en las que coexisten una multiplicidad inéditas de sistemas de creencias, supone aceptar como probable y lógica la dificultad, cuando se intentan ejercicios de justicia restaurativa, sin que esto deba evaluarse en términos de fracaso o frustración.
Lo propio acontece -vale recordarlo- con la Justicia penal: estamos acostumbrados a ver cómo la sentencia, sea absolutoria o condenatoria, no solamente deja disconformes a los acusados y las víctimas, sino que despierta en cada una de las partes del proceso lo peor de cada uno. No conozco muchos pronunciamientos, sobre todo en aquellos juicios en que se ventilaron crímenes contra la humanidad, que hubiera satisfecho a los condenados y las víctimas.
Las voces que se alzaron en disconformidad con las estrategias alternativas de resolución de conflictos, llevadas a cabo por la Comisión en Sudáfrica, también lo hicieron, aunque desde otras perspectivas, de cara a las soluciones que surgieron, por ejemplo, del modelo de Nuremberg o de la denominada modalidad latinoamericana, incluyendo, por su singularidad, la experiencia Argentina.
De todas formas, si quisiéramos resumir el trascendental cometido de la Comisión, deberíamos concluir que dejó absolutamente en claro, en primer lugar, que era imposible absolver los horrores de la historia política cercana de Sudáfrica, y en ese sentido, produjo la revisión más completa de que se tuviera memoria en el país, tendiendo a un futuro más civilizado forjado en base a la convivencia armónica y la tolerancia, lejos de la de la lógica de Nuremberg que reclamaban algunos sectores sociales.
Esos valores se habrían de concretar apelando a novedosas formas de justicia restaurativa, donde víctimas y victimarios tuvieron la oportunidad de revisar el pasado y decidir una coexistencia colectiva diferente, en lo que significó, al parecer, un indudable progreso para la Nación. Porque “si el punto es permitir una descripción de la totalidad de lo ocurrido, particularmente como las partes lo vieron, entonces las Comisiones de la Verdad tienen ventajas considerables. Ellas favorecen un terreno para la exposición, para quejas, para despliegues emocionales -y también para negaciones-. Si el punto central es exponer lo que sucedió, no para decidir sobre el reparto del dolor, las Comisiones de la Verdad tienen una ventaja considerable”.
Ross, Fiona: “La elaboración de una Memoria Nacional: la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica”, Cuadernos de Antropología Social Nº 24, pp. 51–68, 2006, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, disponible en http://www.scielo.org.ar/pdf/cas/n24/n24a03.pdf
Ross, Fiona: “La elaboración de una Memoria Nacional: la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica”, Cuadernos de Antropología Social Nº 24, pp. 51–68, 2006, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, disponible en http://www.scielo.org.ar/pdf/cas/n24/n24a03.pdf
Christie, Nils: “Una sensata cantidad de delito”, Editores del Puerto, 2004, p. 162.
Boraine, Alex: “Reconciliación ¿A qué Costo? Los Logros de la Comisión de Verdad y Reconciliación”, Título original: “What price reconciliation? The achievement of the TRC”. Publicado en A Country Unmasked, Alex Boraine, Oxford University Press, Oxford (2000), pp. 340-378, disponible en http://www. cdh.uchile.cl/Libros/18ensayos/Boraine_Reconciliacion.pdf
Ross, Fiona: “La elaboración de una Memoria Nacional: la Comisión de Verdad y Reconciliación de Sudáfrica”, Cuadernos de Antropología Social Nº 24, pp. 51–68, 2006, FFyL – UBA, disponible en www.scielo.org.ar/pdf/cas/n24/n24a03.pdf
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Christie, Nils: reportaje disponible en http://www.toposytropos.com.ar/N2/pdf/christie.pdf